Tras dos años del Decreto-Ley de Control Horario por el cual se estableció la obligatoriedad de establecer un sistema de control horario en todas las empresas, la situación no es la deseada. La Inspección de Trabajo ha sancionado a las empresas con 16 millones por irregularidades con el registro horario y se han detectado cerca de 9.000 infracciones. Y es que, siguen surgiendo dudas y muchas de las disposiciones no se llevan a cabo. Tal y como destaca Grupo SPEC el teletrabajo ha hecho que muchas empresas “se relajen” en el cómputo de horas o que las jornadas se alarguen sin ser recompensadas
Recientemente se cumplieron dos años de la publicación del Decreto-Ley de Control Horario por el cual se estableció la obligación de contar con un sistema de control horario en todas las compañías. Tal y como se destaca desde Grupo SPEC, tecnológica española especializada en soluciones de control horario y accesos líder en España, Portugal y América Latina, el balance no es nada halagüeño. Tras estos dos años la Inspección ha sancionado a las compañías con 16 millones debido a irregularidades en el registro horario y se han detectado cerca de 9.000 infracciones.
El teletrabajo
Tal y como se afirma desde Grupo SPEC, el teletrabajo, que se ha hecho en muchos casos necesario tras la crisis sanitaria, ha traído consigo el hecho de que muchas empresas se relejasen a la hora de establecer el control horario, pese a ser obligatorio. Además, el 54% de los españoles asegura que el Covid y la estandarización del teletrabajo ha implicado que se le destinen más horas a la jornada laboral que antes de la pandemia. Y, del mismo modo, crece el número de horas que se ejecutan sin percibir compensación (Guía del mercado laboral 2021, Hays). Todo esto ha hecho que no se realice un control exhaustivo de las horas trabajadas a pesar de que en muchos casos aumenten.
Dudas
Del mismo modo, la aplicación de la Ley de control horario sigue generando una serie de dudas entre las empresas. Una de las más extendidas ha sido si el control horario es compatible con la flexibilidad laboral. Y sí, está establecido que el registro de horas de trabajo se aplica a todos los sectores profesionales, trabajadores y empresas, siempre y cuando estén incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores. Se incluyen también a los trabajadores “móviles”, comerciales, temporales y trabajadores a distancia. Del mismo modo, también surgen dudas de si se deben registrar o no las pausas del café o cigarrillo. Esto es algo que pueden decidir las compañías, si contabilizar o no como parte de la jornada laboral esas pausas.
Acerca de Grupo SPEC – www.grupospec.com
Grupo SPEC, con fuerte presencia en España dispone de filiales propias en Portugal y Argentina, así como acuerdos con partners estratégicos en varios países de Europa, Norte de África y Oriente Medio. Desde 1978 desarrolla soluciones globales de software y hardware en el ámbito de la gestión horaria, control de presencia y control de accesos. Actualmente da servicio a más de 6.000 clientes en todo el mundo, tanto en el sector de la administración pública como de la empresa privada.